Ayudas a la rehabilitación de madera y rejas en los inmuebles de la ciudad histórica

Jueves, 12 Mayo, 2016

El Consorcio de Santiago va a destinar 150.000 euros en ayudas para la rehabilitación de carpinterías de madera y rejas de los inmuebles situados en el ámbito del Plan Especial de Protección y Rehabilitación de la Ciudad Histórica. Con esta iniciativa se busca mejorar la eficiencia energética de las viviendas, con el consecuente ahorro económico para los ciudadanos, junto con su aislamiento acústico. 

 

Los propietarios interesados en concurrir a esta convocatoria deberán presentar las solicitudes y la documentación pertinente en el registro del Consorcio o en cualquier otro registro. La fecha límite es el día 18 de mayo. Para consultar dudas, deberán acudir a las dependencias de la Oficina Técnica del Consorcio, situada en el número 59 de la Rúa do Vilar.

 

Estas ayudas están destinadas a fomentar la rehabilitación, restauración o reposición de aquellos elementos especiales y de interés arquitectónico de madera como galerías, ventanas y puertas de entrada a los edificios; y promover la restauración de las rejas y piezas de hierro existentes en portales, ventanas y balcones. También se incluye la reparación de las piedras de soporte deterioradas y de las uniones a los muros por medio de emplomados.

 

Requisitos para acceder a las ayudas

 

Podrán beneficiarse de estas ayudas las personas propietarias, arrendatarias o aquellas que ostenten algún derecho de uso sobre los inmuebles; y las comunidades de propietarios. Los inmuebles deberán reunir las condiciones suficientes de seguridad estructural y ser estancos frente a la lluvia, además de tener una antigüedad superior a los 20 años.

 

El nivel de ingresos de la unidad de convivencia adquiere una especial relevancia en esta convocatoria a la hora de evaluar las solicitudes. Además, se primará la incorporación de nuevos solicitantes, así como la superficie en metros cuadrados de carpinterías de madera o de rejas. Se valorará el nivel de catalogación o de interés arquitectónico del edificio o vivienda y de los elementos singulares sobre los que se actúe. Y, por último, se dará preferencia a los inmuebles destinados la vivienda y con ocupación permanente.

 

 

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